La batalla legal de las turbulencias

  • Insight Article 06 October 2025 06 October 2025
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Desde 1970, las turbulencias en vuelos comerciales han aumentado un 55 %. Por ello, las aerolíneas deben anticiparse, registrar medidas y asumir una responsabilidad legal rigurosa.

En los últimos años, los incidentes de turbulencias en la aviación comercial han ido en aumento. Según informes recientes del sector de la aviación, las turbulencias han aumentado un 55 % desde la década de 1970, lo que se atribuye en gran medida al cambio climático, que altera los patrones atmosféricos y crea corrientes de aire más inestables a las altitudes de crucero. Este fenómeno plantea no solo retos operativos, sino también complejas cuestiones legales para las aerolíneas de todo el mundo y las aseguradoras de aviación.

Varios incidentes de turbulencias de gran repercusión mediática han puesto de relieve la gravedad de este problema. En mayo del año pasado, un vuelo internacional sufrió fuertes turbulencias que provocaron múltiples lesiones a los pasajeros. Ese mismo mes, una aeronave cayó repentinamente 54 metros en cinco segundos, causando 56 heridos y un fallecido. Más recientemente, el pasado mes de julio, un vuelo transatlántico con destino a Ámsterdam sufrió fuertes turbulencias que causaron lesiones a varios pasajeros y provocaron importantes trastornos en el vuelo.

Ante estos incidentes, desde un punto de vista legal cabe preguntarse: ¿Son las turbulencias un caso de fuerza mayor que exime a las aerolíneas de responsabilidad? ¿Cuál es el alcance de la responsabilidad de las aerolíneas? ¿Cuáles son las posibles consecuencias legales en los diferentes tipos de reclamaciones?

En marcos legales como el de la legislación española, la fuerza mayor requiere que un evento sea imprevisible e inevitable. 

Generalmente las turbulencias son previsibles hasta cierto punto, dado que los pilotos tienen acceso a datos meteorológicos, radares y sistemas de comunicación que permiten anticiparse y ajustar la ruta. No obstante, esto depende significativamente del tipo e intensidad de la turbulencia en cuestión. Por ejemplo, entre los diferentes tipos de turbulencia se incluyen la de estela, la frontal y la turbulencia en aire claro, siendo esta última la más difícil de predecir.

En este contexto, solo las turbulencias repentinas y severas que no se pueden predecir ni evitar pueden considerarse fuerza mayor. Pero, incluso en ese caso, la aplicabilidad dependerá también de la naturaleza de la reclamación y del régimen aplicable específicos para el caso.

Tipos de reclamaciones derivadas de turbulencias

Las turbulencias pueden dar lugar a distintos tipos de reclamaciones, cada una con su propio marco normativo y particularidades jurídicas. Por un lado, están las reclamaciones presentadas por los pasajeros, que abarcan desde indemnizaciones por retrasos y cancelaciones hasta compensaciones por lesiones personales e incluso fallecimientos. Estas reclamaciones revisten especial importancia debido al muy exigente régimen de responsabilidad establecido en el Convenio de Montreal de 1999. La aplicación y el alcance de dicho régimen dependen de la legislación y jurisdicción competentes, y se ven influenciados por factores como la nacionalidad del pasajero, el lugar del incidente y las condiciones contractuales del transporte.

En segundo lugar, encontramos las reclamaciones relacionadas con el equipaje y la carga. El mismo Convenio regula los daños, pérdidas o retrasos asociados al equipaje facturado y a la carga, estableciendo límites de responsabilidad, salvo que el remitente haya realizado una declaración especial de valor, lo que ocurre muy residualmente. La legislación aplicable, la interpretación de los tratados y las condiciones específicas recogidas en documentos como las cartas de porte aéreo desempeñan un papel esencial en la valoración de la responsabilidad. 

Por último, las turbulencias pueden causar daños estructurales o mecánicos a la aeronave, lo que conlleva reclamaciones por costes de reparación y pérdida operativa. En estos casos, las aseguradoras de aviación suelen tener un rol protagonista, y la interpretación del incidente dependerá en gran medida de la redacción de la póliza de seguro, así como de sus cláusulas relativas a la jurisdicción y legislación aplicables. 

Cada uno de estos supuestos implica un análisis jurídico diferente, con normativas, jurisdicciones y defensas particulares, lo que complica significativamente el entorno legal en el que deben actuar tanto las aerolíneas como sus aseguradoras. 

Entre los diversos tipos de reclamaciones derivadas de las turbulencias, las relacionadas con lesiones a los pasajeros son especialmente delicadas, tanto desde el punto de vista jurídico como reputacional. En virtud del Convenio de Montreal (1999), las aerolíneas están sujetas a un régimen de responsabilidad muy estricto por las lesiones sufridas durante el vuelo, por lo que la fuerza mayor rara vez es una defensa viable en estos asuntos. 

Las compañías aéreas solo pueden limitar o evitar su responsabilidad demostrando la ausencia de negligencia o que la lesión fue causada, total o parcialmente, por el pasajero, como por ejemplo, no abrocharse el cinturón de seguridad a pesar de las instrucciones claras. Sin embargo, en la práctica, demostrar la negligencia contributiva sigue siendo difícil.

Además, las reclamaciones ahora van más allá de las lesiones físicas e incluyen daños psicológicos y morales derivados de experiencias traumáticas por turbulencias. Este tipo de reclamaciones son especialmente difíciles de probar y defender, dada su naturaleza subjetiva y la dificultad para establecer una causalidad clara y un impacto medible en comparación con las lesiones físicas.

Mitigación de riesgos para las aerolíneas

Ante esta realidad, las aerolíneas deben adoptar estrategias proactivas en materia de seguridad y legalidad para mitigar los riesgos. Entre ellas se incluyen la aplicación estricta de las políticas sobre el uso del cinturón de seguridad, la suspensión del servicio de bebidas calientes durante determinadas fases del vuelo, la correcta sujeción de los objetos sueltos en la cabina y la garantía de que tanto la tripulación como los pasajeros estén debidamente informados sobre los protocolos de turbulencias.

Desde el punto de vista legal, es fundamental documentar detalladamente estas medidas. Y es que los registros de los procedimientos de seguridad, los anuncios de la tripulación y el cumplimiento de las directrices operativas sirven como pruebas clave en caso de litigio y para gestionar la exposición a la responsabilidad civil.

Las turbulencias ya no son simples sobresaltos en mitad del vuelo, sino un desafío cada vez más frecuente que pone a prueba la capacidad de reacción de aerolíneas, aseguradoras y sistemas jurídicos. La invocación de la fuerza mayor, lejos de ser una solución automática, exige pruebas sólidas y condiciones muy específicas. Mientras tanto, las compañías se enfrentan a un régimen de responsabilidad exigente y a un tipo de reclamación —el daño moral o psicológico— que avanza con fuerza. Con un cielo cada vez más inestable por efecto del cambio climático, la cuestión no es si habrá más turbulencias, sino cómo responder ante ellas. Y en esa respuesta, la anticipación, la documentación y la claridad legal marcarán la diferencia.

Publicado en: El Confidencial

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